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  • hace 2 semanas
En diálogo con Exitosa, el exdirector de la Escuela Electoral del JNE, Virgilio Hurtado, explicó lo que sigue en el proceso para las elecciones de 2026 tras la presentación oficial de las candidaturas, y qué destino tendrán aquellas organizaciones que no presentaron sus listas en el plazo establecido.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:01Elecciones Generales 2026
00:03Está con nosotros Virgilio Hurtado, exdirector de la Escuela Electoral de Jurado Nacional de Elecciones.
00:12A ver, ¿cómo estás Virgilio? Buenos días, bienvenido a Exitosa.
00:15Buenos días Jesús, gracias por la invitación.
00:18En las últimas horas algunos partidos políticos se están enfrentando en la interna, sobre todo el partido aprieta peruano.
00:23Hay esta sensación de que no hubo transparencia y no se han respetado los resultados de la elección que les permitió, por ejemplo, decidir por quiénes iban a ser sus candidatos en las diferentes listas.
00:37¿Qué pasó? Porque acusan al que ha sido elegido para ser candidato a la presidencia de la República, de poner a dedo a sus cercanos y no respetar la elección del grupo político.
00:50Claro, los partidos políticos para confeccionar sus listas recurren a las diversas modalidades que prevé el artículo 24 de la Ley de Organizaciones Políticas.
01:02Y la más común que se ha utilizado en estas elecciones generales 2026 es la elección a través de delegados, salvo el Partido Aprista y Renovación Popular,
01:14que han hecho elecciones a través de afiliados y en algún caso elección abierta.
01:19Pero la otra modalidad que ha venido coexistiendo a las demás es la de la designación directa a través de delegados elegidos por los afiliados de cada organización política.
01:34Y la designación directa es una facultad que se ejerce de acuerdo a los procedimientos previstos en el estatuto del partido político correspondiente.
01:46Y ahí vienen los cuestionamientos de si es que la selección de esos candidatos designados, pues, obedece o no al respecto irrestricto de los procedimientos previstos, pues, en el estatuto y en la normativa de cada partido.
02:04Es un tema que en realidad tú sabes que las etapas de un proceso electoral precluyen y ya precluyó la etapa de presentación de candidaturas que fue el día 23 de diciembre.
02:17Y ahora los jurados electorales especiales están abocados a la siguiente etapa, que es la calificación de las candidaturas.
02:23Y ahí tal vez, una vez que se publiquen las listas, se podrá discutir las irregularidades que los partidos políticos hayan, pues, cometido en sus elecciones internas o en los procedimientos que han aplicado para seleccionar directamente a algunos candidatos, ¿no?
02:42Ok. ¿Y cuál sería el destino, por ejemplo, si se determina que estos candidatos no fueron elegidos de manera correcta?
02:47Bueno, estamos hablando de una imperfección, de una irregularidad en el proceso de selección de candidaturas.
02:59No hay situaciones graves, por ejemplo, ¿no? Cuando un partido se excede del tope exigido por ley.
03:04La ley señala que no más del 20% del total de candidaturas puede, pues, ser designada directamente.
03:13Eso contrario a Senso, ¿qué quiere decir? Que mínimamente el 80% de los candidatos tiene que ser elegido por elecciones primarias.
03:23Por ejemplo, cuando existe una irregularidad que vulnera este requisito establecido por la ley, puede conllevar a la improcedencia de la lista de candidatos, a la declaratoria de improcedencia de la lista de candidatos.
03:38Discúlpame, pero...
03:39Pero eso va a depender de los detalles que analice en cada caso concreto el jurado electoral especial, que es la primera instancia en la administración de justicia electoral.
03:47Discúlpame, pero las listas son bastante largas, ¿no es cierto? La de senadores, diputados, parlamento andino.
03:54¿Basta solamente con un caso? ¿Que se haya determinado una irregularidad para que toda la lista caiga?
03:59No, no, no, no, porque hay irregularidades que son subsanables, pero hay irregularidades que no son subsanables.
04:07Y ahí sí, cuando estamos ante esas situaciones, la decisión que va a emitir el jurado electoral especial es la de declaratoria de improcedencia.
04:16Claro que el partido político tiene la facultad de poder impugnar esa decisión, pero si es un hecho objetivo, constatable, entonces pues lo más probable es que la segunda instancia que es el jurado nacional de elecciones confirme lo resuelto por el jurado electoral especial, o sea, la improcedencia.
04:33Bueno, la idea de este tipo de elecciones es para garantizar la vida democrática de los organismos políticos, de las organizaciones políticas, entonces tiene que haber un mínimo respeto sobre las decisiones que se toman.
04:45Y ahí reitero nuevamente mi pregunta, yo entiendo, o sea, que hay una designación, sí, directa, todo lo que tú quieras, pero si ha habido, por ejemplo, una elección donde han determinado que vaya tal persona y esta no va porque no quieren al final, pues, ¿cómo queda esta situación?
05:00Es que en el ámbito de las designaciones directas, precisamente como dependen del órgano estatutario que tenga esa facultad, pueden cambiar de opinión, porque es como una suerte de liberalidad o acuerdo en todo caso entre el órgano estatutario que tiene la facultad de designar directamente un candidato y el candidato que tiene que aceptar esa candidatura.
05:22Y eso puede variar hasta el 23 de diciembre, hasta antes de formalizar las candidaturas ante los jurados electorales especiales.
05:31Eso es muy distinto a las candidaturas que han sido seleccionadas a través de las elecciones primarias, porque los resultados de las elecciones primarias sí son vinculantes en la confección de la lista.
05:42Bien, perfecto. Ahora, aquí el tema principal de este contacto que tenemos es que varios partidos políticos no han logrado completar todas sus listas.
05:56Entonces, sobre eso ya no existe mayor, digamos, posibilidad, ¿no?, de subsanar aquellas ausencias.
06:03El plazo ya venció, ¿no?, y excepcionalmente el jurado nacional de elecciones en otras oportunidades y por problemas técnicos del sistema, pues recuerdo mucho, ¿no?, la elección regional y municipal del año 22 en que el jurado nacional de elecciones amplió el plazo para que los partidos puedan presentar su lista de candidatos.
06:24Pero ello se debió a deficiencias públicas del sistema y porque las elecciones regionales y municipales en volumen de candidaturas, pues, es mucho más complicado para los partidos, para la logística partidaria, poder, pues, presentar candidaturas en todas las circunstancias del país.
06:42Esta elección general, si bien es simultánea, porque tenemos tres elecciones en un solo proceso electoral, pues, no tiene ese nivel de complejidad y no creo que el jurado nacional de elecciones amplíe el plazo.
06:56El plazo ya ha prescrito y lo único que queda es calificar esas candidaturas.
07:02Además, como se trata de elecciones simultáneas, los partidos políticos que no presentan listas de candidatos al Congreso de la República en todas las circunscripciones del país, no se quedan sin participar.
07:16Esa situación no impide que la fórmula presidencial pueda participar y competir en la elección presidencial.
07:23Pero sí le resta posibilidades, por ejemplo, para pasar la valla electoral, ¿no?
07:27Porque a menos candidaturas, menos posibilidades para meter al número que se necesita para seguir manteniéndose en la vía política.
07:39Sí, y hay algo más, y creo yo que es grave, ¿no?
07:42Que es las condiciones de gobernabilidad.
07:45La posibilidad de que si es que esa plancha presidencial es elegida, gobierno,
07:49entonces, pues, no va a tener un respaldo parlamentario y estaríamos viviendo una situación muy parecida a la que hemos vivido cuando hemos contado con presidentes que no tenían, pues, mayoría parlamentaria.
08:01Bueno, y esa ya es una constante y es bastante peligroso el hecho de que volvamos a tener un presidente que no tenga, este, un apoyo político dentro del Parlamento Nacional porque lo hace inestable.
08:09Sobre todo porque parece que no han reparado muchas personas, pero el próximo Congreso va a ser bicameral, pero hay un supersenado con, este, digamos, mayor poder que el propio Ejecutivo.
08:24Por lo tanto, solo para dar una, una, una, un dato, ¿no?
08:29Y es que no van a poder ser disueltos.
08:32Pueden disueltos la Cámara de Diputados, pero no la de Senadores.
08:35Claro, la Cámara de Senadores funge como lo que hoy es la Comisión Permanente, ¿no?
08:40Claro.
08:40El presidente puede disolver el Congreso, pero la Comisión Permanente sigue en funciones hasta que el próximo Congreso, ¿no?, que sea elegido, pues, asuma sus funciones.
08:51No, y además tienes esto que, yo no sé en realidad, si vas a volver a ser bicameral, este, para qué va a estar la Cámara de Diputados si tú propones elegir las desarrollas y al final el Senado es el que va a terminar tomando todas las decisiones.
09:02No, no, no, no tiene lógica, ¿no?
09:05Bueno, lo que pasa es de que nosotros ya hemos aplicado este, este modelo.
09:10Además, además el tema de la designación de funcionarios.
09:15Sí, sí, claro, ¿no?
09:17Y, pero el perfil de los senadores es absolutamente diferente, ¿no?
09:22Por eso es de que tienen como requisito un mínimo de edad, que deben de ser los 45 años, de modo que van a ingresar personas, entre comillas, con mayor grado de preparación o, en todo caso, con mayor, con un mayor nivel de experiencia.
09:39Y esperemos que su aporte sea sustantivo para dar estabilidad a estas relaciones ejecutivo-legislativo que se han visto deterioradas en los dos últimos quinquenios.
09:51Bien, perfecto.
09:53Mira que esta semana también pasó desapercibido el tema de acción popular.
09:57A la larga, este, se declararon nulas sus elecciones internas por presuntos actos fraudulentos.
10:03Y esto ya está, este, digámoslo, determinado.
10:07El Jurado Nacional de Elecciones ha rechazado este pedido de nulidad.
10:10Presentaron ellos una acción, pero ya también ahí no había mucho que hacer, ¿no?
10:15Bueno, ha sido un hecho muy lamentable en la medida de lo que representa Acción Popular en el devenir histórico del país.
10:27Pero ningún partido ni ningún candidato está por encima de las reglas y las reglas tienen que cumplirse.
10:34En consecuencia, el Jurado Nacional de Elecciones ha tomado un criterio cuestionable porque tampoco fue aprobado.
10:44La resolución 0745 no fue aprobada por todos sus miembros.
10:48Hubo un voto en minoría y se debió a que en la resolución 163-2025-JN, en la que el propio jurado delimita sus competencias,
10:58pues, digamos que hizo caso omiso, ¿no?
11:05Porque no debía conocer en ese estadio de las primarias cuestiones vinculadas a ese tipo de irregularidades,
11:12más que cuestionamientos de carácter numérico.
11:15Sin embargo, pues, la decisión fue dividida y por eso es que el Partido de Acción Popular, tengo entendido,
11:22impugnó esa resolución que declaraba la nulidad de su proceso electoral.
11:26Sin embargo, pues, ya estamos en la fecha del 23 de diciembre, bueno, ya hemos pasado a la fecha límite para presentar las candidaturas
11:35y las etapas precluyen, ¿no?
11:38Y por eso es de que ellos han decidido, digamos, no amparar el pedido de reconsideración o de nulidad que han presentado.
11:50Sin embargo, esto continúa, no a nivel de la ley electoral, sino ya a nivel del Ministerio Público,
11:54porque esto que ha pasado constituye un delito, ¿no?
11:58Tiene que investigarse, ¿no?
12:00Efectivamente, porque hay posiciones de ambas partes, los hechos tienen que esclarecerse,
12:06y ya será, pues, en el Ministerio Público o en la justicia ordinaria,
12:10en el espacio en el que se dilucide, si es que estamos ante algún ilícito penal.
12:15Bien, perfecto, Virgilio, un fuerte abrazo. Feliz año para ti.
12:18Gracias, Jesús. Feliz año para ti y para todos tus televidentes.
12:21Bien, Virgilio Hurtado, es director de la Escuela Electoral del Jurado Nacional de Elecciones en Elige Bien.
12:26¡Exitosa!
12:29¡Elige Bien! Elecciones Generales 2026.
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